miércoles, 26 de septiembre de 2012

Descanso semanal


   Es el que comienza una vez finalizadas las horas legales de trabajo hasta el dia siguiente.Descanso semanal:Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las trece (13) horas del día sábado hasta las veinticuatro (24) del día domingo siguiente, salvo los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones profesionales prevean, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio de la misma duración, en la forma y oportunidad que fijen esas disposiciones.

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